Permanencia, retención, abandono y deserción: cómo se dice y cómo se mide en cada país
Publicado el Actualizado el Por Equipo Orienta
Todas las universidades de la región enfrentan el mismo reto: estudiantes que empiezan una carrera y no la terminan. Pero cada país lo nombra distinto, lo mide con su propio sistema y lo regula con sus propias normas. Esta guía reúne, país por país, el término que se usa, quién publica las cifras oficiales y qué dice la norma.
Colombia: permanencia y deserción
- Cómo se dice: permanencia estudiantil y deserción.
- Quién mide: el Ministerio de Educación Nacional, con el sistema SPADIES. Según SPADIES, en 2024 la deserción por cohorte en el nivel universitario era, en promedio, de 22,61 % al décimo semestre, y la deserción anual de toda la educación superior, de 9,78 %.
- Qué dice la norma: el Acuerdo 01 de 2025 del CESU actualizó el Modelo de Acreditación en Alta Calidad, que es voluntaria, e incorpora la gestión de la permanencia y los sistemas de alertas tempranas.
Acuerdo 01 de 2025 del CESU: alertas tempranas y permanencia
México: abandono escolar y eficiencia terminal
- Cómo se dice: abandono escolar. La Secretaría de Educación Pública (SEP) usa también el indicador “eficiencia terminal”: cuántos estudiantes egresan de un nivel educativo por cada cien que lo empezaron en la misma generación.
- Quién mide: la SEP publica los indicadores por nivel educativo en su informe Principales Cifras.
- Qué dice la norma: la Ley General de Educación Superior (2021) incluye, entre los criterios para elaborar políticas, prevenir y atender la deserción escolar (artículo 10, fracción XI). También pide a las autoridades educativas y a las instituciones promover modelos, programas y acciones afirmativas que garanticen “el acceso, permanencia, continuidad y egreso oportuno equilibrado entre mujeres y hombres en los programas de educación superior” (artículo 37, fracción II).
Chile: retención
- Cómo se dice: retención. El indicador de referencia es la retención de primer año.
- Quién mide: el Ministerio de Educación publica los informes de retención de primer año en educación superior en el portal Mifuturo.
- Qué dice la norma: la Ley 21.091 (2018) regula la educación superior. La acreditación institucional está a cargo de la Comisión Nacional de Acreditación, con criterios y estándares vigentes desde el 1 de octubre de 2023; para las universidades, uno de ellos es “Procesos y resultados de enseñanza y aprendizaje”.
Perú: deserción e interrupción de estudios
- Cómo se dice: deserción universitaria. La norma oficial habla de “interrupción de estudios”.
- Quién mide: la SUNEDU, en su informe bienal sobre la realidad universitaria en el Perú, reporta la interrupción de los estudios de pregrado.
- Qué dice la norma: la Resolución Viceministerial n.º 095-2024-MINEDU da orientaciones a las universidades para prevenir la interrupción de estudios. La Ley Universitaria (Ley 30220) incluye entre los deberes del docente brindar tutoría a los estudiantes (artículo 87.5).
Ecuador: deserción, permanencia y eficiencia terminal
- Cómo se dice: deserción estudiantil y permanencia.
- Quién mide: el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura, que en 2025 absorbió a la SENESCYT, publica la tasa de retención y la tasa de deserción de primer año en universidades y escuelas politécnicas, en su Portal de Estadísticas e Indicadores de Educación Superior.
- Qué dice la norma: el Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior permite a las instituciones diseñar estrategias de nivelación “como un mecanismo para evitar la deserción estudiantil, garantizar la permanencia en la educación superior y la eficiencia terminal” (artículo 14). La Ley Orgánica de Educación Superior exige a cada institución mantener una unidad administrativa de bienestar (artículo 86).
Argentina: abandono y desgranamiento
- Cómo se dice: abandono. En el ámbito universitario se usa también “desgranamiento”.
- Quién mide: el Departamento de Información Universitaria publica la Síntesis de Información Universitaria, con una edición por año académico; entre sus indicadores está la retención en el primer año.
- Qué dice la norma: la Ley de Educación Superior (Ley 24.521, modificada por la Ley 27.204) encarga al Estado garantizar “la igualdad de oportunidades y condiciones en el acceso, la permanencia, la graduación y el egreso” (artículo 2, inciso a). En la evaluación institucional, la CONEAU pide analizar el desgranamiento y la deserción, y describir los programas de seguimiento y apoyo a los estudiantes (Resolución 382/11).
Lo que no cambia de un país a otro
En todos los casos, medir no alcanza. La cifra dice cuántos estudiantes se fueron; no dice quién empezó a tener dificultades ni qué se hizo al respecto. Lo que cambia el resultado es la ruta completa: una señal detectada a tiempo, una persona del equipo que la recibe, una intervención y un registro de lo que pasó.
Orienta está pensada para acompañar esa ruta en instituciones de educación superior de Latinoamérica. Leo detecta y acompaña; las decisiones de cuidado las toma el equipo humano de la institución.
Preguntas frecuentes
¿Retención y permanencia son lo mismo?
Describen el mismo fenómeno desde el punto de vista de la institución: cuántos estudiantes siguen matriculados. Chile usa “retención” y Colombia usa “permanencia”.
¿Deserción y abandono son lo mismo?
En el uso común, sí. Algunas normas distinguen entre una pausa y una salida definitiva: en Perú, por ejemplo, la norma habla de “interrupción de estudios” y reserva “deserción” para la salida prolongada o definitiva.
¿SPADIES existe fuera de Colombia?
No. SPADIES es el sistema del Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Cada país tiene su propia fuente oficial, que se indica en esta guía.
¿Orienta trabaja con universidades de mi país?
Orienta está pensada para instituciones de educación superior de Latinoamérica. Escríbanos y revisamos el caso de su institución.
Fuentes
- Colombia: Ministerio de Educación Nacional, estadísticas de deserción y permanencia en educación superior (SPADIES) · Acuerdo 01 de 2025 del CESU, Diario Oficial n.º 53.131
- México: Ley General de Educación Superior, Diario Oficial de la Federación, 20 de abril de 2021 · SEP, Principales Cifras 2024-2025
- Chile: Ley 21.091, sobre Educación Superior · Mifuturo, informes de retención de primer año · Criterios y estándares de la Comisión Nacional de Acreditación, Diario Oficial, 30 de septiembre de 2021 · Comisión Nacional de Acreditación, vigencia de los criterios y estándares
- Perú: Resolución Viceministerial n.º 095-2024-MINEDU · Ley 30220, Ley Universitaria, texto actualizado · SUNEDU, III Informe bienal sobre la realidad universitaria en el Perú
- Ecuador: Consejo de Educación Superior, Reglamento de Régimen Académico · Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Superior · Portal de Estadísticas e Indicadores de Educación Superior · Resolución MINEDEC-VES-2026-0003-R, que cita el Decreto Ejecutivo 100 de 2025
- Argentina: Ley 27.204, que modifica la Ley de Educación Superior 24.521 · CONEAU, Resolución 382/11 · Síntesis de Información Universitaria
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